2 - Vídeo IRPF - Actividades económicas

Profesor: Jaume Oliver Cladera

NOTAS:

NOTA 1:

En el minuto 47, la profesora explica los gastos de difícil justificación dentro del método de estimación directa simplificada, indicando un 5%.

Actualización normativa: desde el 1 de enero de 2023, el porcentaje de deducción por gastos de difícil justificación se ha incrementado del 5% al 7%, manteniéndose el límite máximo de 2.000 € anuales.

Esta modificación fue introducida por la Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, y afecta a los contribuyentes que determinan su rendimiento neto por el método de estimación directa simplificada (art. 30 LIRPF y art. 30.2.4ª del Reglamento).

Resumen:

  • Hasta 2022: 5% del rendimiento neto positivo.

  • Desde 2023: 7% del rendimiento neto positivo, con límite de 2.000 €.



NOTA 2:

En el minuto 58:30, la profesora menciona los “gastos de manutención del propio contribuyente” deducibles en el IRPF conforme al artículo 30.2.5ª.c) LIRPF.

Recuerda: estos gastos son deducibles solo si cumplen las condiciones del artículo 9 del Reglamento del IRPF, que fija los límites máximos de las dietas exentas aplicables también a los autónomos.

Límites actualizados (desde 17 de julio de 2023 – Orden HFP/792/2023):

  • Gastos de locomoción (vehículo propio): hasta 0,26 € por kilómetro recorrido, más peajes y aparcamientos justificados.

Gastos de manutención:
• Dentro del municipio del trabajo: 26,67 € por día.
• Fuera del municipio del trabajo: 53,34 € por día.
• Si hay pernocta: 53,34 € (España) / 91,35 € (extranjero).

Estos límites marcan
el máximo gasto deducible para autónomos, siempre que estén justificados, vinculados a la actividad y pagados por medios electrónicos.


NOTA 3:

En el minuto 1 hora 08 minutos, el esquema muestra la “reducción general del rendimiento neto (5 %)” dentro del cálculo de estimación objetiva (módulos).

Actualización normativa:

  • Para el ejercicio 2023, la reducción fue del 10 %, y del 15 % para actividades agrícolas, ganaderas y forestales.

  • Desde el 1 de enero de 2024, la reducción general vuelve al 5 % para todos los sectores (Orden HFP/1359/2023, de 26 de noviembre).


Esta reducción se aplica directamente sobre el rendimiento neto de módulos antes de restar gastos extraordinarios o aplicar otras reducciones.

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